En las instalaciones y equipos eléctricos para la protección de las
personas contra los contactos con partes habitualmente en tensión, se
adoptarán algunas de las siguiente medidas:
88.1 Se alejarán las partes activas de la instalación, del lugar
donde las personas habitualmente se encuentren o circulen.
88.2 Se interpondrán obstáculos que impidan todo contacto accidental
con las partes activas de la instalación.