MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las aberturas de las paredes que estén a menos de 0.90 mts. sobre la superficie, de tránsito y trabajo, y en las cuales haya peligro de caída desde más de 2 mts. de altura, estarán protegidas por barandas, rejas u otros resguardos. ESCALERASAyuda