MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Para levantar la clausura la empresa comunicará por escrito y firmado por un Técnico a la Inspección General del Trabajo que el andamio ha sido regularizado, y esta Secretaría de Estado dispondrá de un plazo de 48 horas para efectuar el control pertinente, vencido el mismo se dará por levantada la clausura.Ayuda