Desde su instalación y mientras se utilice un andamio de cualquier
tipo, la empresa deberá presentar ante la Inspección General del Trabajo
y la Seguridad Social, y tener en obra la siguiente documentación:
planos, memoria de cálculos y memoria descriptiva del andamio firmada
por la empresa y un Técnico habilitado (Arquitecto o Ingeniero Civil).
Dicha documentación deberá estar a disposición de la Inspección
General de Trabajo, cuando así la requieran.