Fecha de Publicación: 14/03/1995
Página: 370-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 36

Los andamios deberán cumplir con los requisitos generales exigibles
respecto a materiales, estabilidad, resistencia y seguridad en general
en cada clase de ellos.
   Las plataformas de trabajo tendrán un coeficiente de seguridad igual
a cuatro relacionando todos los elementos que la sostienen.
   36.1 Las dimensiones de las diversas piezas y elementos auxiliares
(cables, alambres, tablones, machinales) serán las suficientes como para
que las cargas de trabajo a las que se prevea que van a estar sometidos
no sobrepasen las establecidas para cada material con sus
correspondientes coeficientes de seguridad.
   36.2 Para impedir descargas disruptivas en trabajos efectuados en la
proximidad de partes no aisladas de instalaciones en servicio, se
adoptarán las medidas necesarias para asegurar que entre cualquier punto
de tensión y la parte más próxima del cuerpo del operario o de las
herramientas no aisladas, por él utilizadas, bajo todas las
circunstancias se mantengan las distancias mínimas siguientes:

TENSION EFICAZ                      DISTANCIA
MINIMA EN METROS
(corriente alterna)
0 a 32 voltios                          0,00
más de 32 volt. de 1 Kv                 1,00
más de 1 Kv, a 6,6 Kv                   3,00
más de 6,6 Kv                           5,00
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