Fecha de Publicación: 14/03/1995
Página: 370-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 235

Los protectores deberán evitar filtraciones y serán de material
apropiado para evitar la irritación de la piel.
   Deberán mantenerse en óptimo estado de conservación, cambiando los
filtros mecánicos cada vez que la respiración sea dificultosa para el
trabajador.
   Los filtros químicos serán reemplazados después de cada uso, y si no
fueran utilizados, como mínimo una vez al año.

   PROTECCION DE LAS MANOS
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