Fecha de Publicación: 14/03/1995
Página: 370-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 195

Será obligatorio el uso de cinturón de seguridad, el cual deberá
sujetarse en forma independiente al sector de demolición. Para alturas
superiores a los 6 m. se instalarán andamios. Se podrá trabajar a menos
de 2 mts. de altura y más de 0,25 mts. de espesor, sobre el muro.
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