Fecha de Publicación: 14/03/1995
Página: 370-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 181

Se solicitará el corte de los servicios que representen peligro
(electricidad, agua, gas y vapor) y las indicaciones necesarias para
evitar roturas en instalaciones exteriores o las que fueran necesarias
mantener.
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