Fecha de Publicación: 14/03/1995
Página: 370-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 124

Cuando después de izada la carga se observe que no está
correctamente asegurada, el maquinista hará sonar la señal de precaución
y descenderá la carga para su arreglo.
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