Fecha de Publicación: 30/03/1984
Página: 599-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 27

   Los funcionarios del Estado que cumplan tareas como Empadronadores,
Jefes de Sección o de Segmento en la renovación del Censo General de
Población y Vivienda, tendrán tres días de asueto que les serán concedidos
por las oficinas o dependencias respectivas.
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