Fecha de Publicación: 18/02/1986
Página: 733-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 90

   La resolución de la Comisión de Análisis Financiero será notificada al
deudor y a los acreedores integrantes del sistema financiero con arreglo a
lo dispuesto en los artículos 86 y 87. 
Ayuda