MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Salvo pacto expreso de las partes, esta refinanciación no aparejará la extinción de las obligaciones principales preexistentes ni de las garantías personales o reales contraídas a efectos de asegurar el cumplimiento de aquellas, recobrando unas y otras plena exigibilidad en caso de incumplimiento por parte del deudor de la refinanciación acordada.Ayuda