MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Integran la categoría de actividades no prioritarias los deudores industriales respecto de los cuales concurran las siguientes condiciones: a) que no se encuentren comprendidos en los artículos 14 y 15. b) que la relación de ventas sobre pasivo esté comprendida entre el 1 (uno) y 2.5 (dos punto cinco).Ayuda