Fecha de Publicación: 09/04/1986
Página: 62-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   La Comisión funcionará en el Ministerio de Relaciones Exteriores, 
quien le brindará el apoyo necesario para el cumplimiento de sus cometidos. La presindencia de la Comisión será ejercida por la representación de dicho Ministerio.
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