Fecha de Publicación: 13/04/1988
Página: 86-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 16

   La Comisión Asesora Tripartita se reunirá toda vez que cualquiera de las partes lo requiera y no existiendo casos excepcionales lo hará
periódicamente, por lo menos una vez por mes.
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