Fecha de Publicación: 20/03/1997
Página: 1295-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

 Decreto 77/997

Apruébase el nuevo texto de "Información Marítima Publicada" (IMP - Uruguay) del Sistema de Centros de Control e Información Zonal de Tráfico Marítimo y su Zona de influencia.
(569*R)

  Ministerio de Defensa Nacional

                                          Montevideo, 11 de marzo de 1997

  Visto: la gestión del Comando General de la Armada por la cual
solicita se apruebe el nuevo texto de Información Marítima Publicada del Sistema de Centros de Control e Información Zonal de Tráfico Marítimo y 
su Zona de Influencia, elevado por la Prefectura Nacional Naval.

  Resultando: que por el artículo 1ro. del Decreto 479/981 de 22 de
setiembre de 1981 se aprobó el texto de la Información Marítima Publicada (IMP - Uruguay) que se encuentra vigente.

  Considerando: I) que el nuevo texto contiene los objetivos, funciones, servicios, normas generales del Sistema de Centros de Control y las particularidades propias de cada Centro de Control integrante del mencionado Sistema.

  II) que la nueva publicación fue confeccionada tomando como base las anteriores publicaciones, la experiencia y las sugerencias recogidas por el Director de Tráfico Marítimo (DIMAR) y la planificación realizada por las redes de Estaciones Costeras de la Prefectura Nacional Naval, de Radio Determinación y las que prestan Servicios Especiales.

  III) el aumento del Tráfico Marítimo en la Zona de influencia del
Sistema y los requerimientos de Salvaguarda de la Vida Humana en el Mar y protección del Medio Marino.

  IV) que se mantienen las funciones generales que deben ejercer los Centros de Control pertinentes.

  V) la necesidad de autorizar a la Prefectura Nacional Naval a que
mantenga actualizada la información referente a frecuencias,
direcciones, teléfonos y ubicación geográfica de los Centros de Control.

  Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General de la Armada y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el nuevo texto de "Información Marítima Publicada" (IMP - Uruguay) del Sistema de Centros de Control e Información Zonal de Tráfico Marítimo y su Zona de influencia adjunto, el cual se considera integrante del presente Decreto.


		
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