Fecha de Publicación: 27/12/1988
Página: 756-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 754/988

Se modifica un artículo del Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Suministros aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 24 de mayo de 1988.

Ministerio de Turismo.

                                      Montevideo, 8 de noviembre de 1988.

   Visto: el Proyecto de Pliego de Condiciones Generales para 
Licitaciones y Contratos de Suministros, aprobado por el Poder Ejecutivo,
con fecha 24 de mayo de 1988.

   Considerando: I) Que el proyecto referido no mereció observaciones del
Tribunal de Cuentas de la República, excepto el Art. 54, el que no puede
establecer que las partes puedan someter sus diferencias, de común
acuerdo, a la resolución de árbitros, en virtud de lo dispuesto por los
Arts. 550 y 133 del Código de Procedimiento Civil y decreto ley 15.365 de
30 de diciembre de 1987;

   II) Que, en mérito a lo expuesto precedentemente, corresponde 
modificar en lo pertinente el pliego referido.

   Atento: a lo expresado, a las normas citadas y lo informado por el
Tribunal de Cuentas de la República.

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el Art. 54 del Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Suministros aprobado por el Poder Ejecutivo
con fecha 24 de mayo de 1988, el que observará el siguiente tenor:

   "Artículo 54. Todos los conflictos que puedan suscitarse entre la Administración y el Contratista con motivo de la ejecución del contrato serán resueltos por los Tribunales competentes del país, según la legislación nacional vigente."

TARIGO. - JOSE VILLAR GOMEZ.
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