Fecha de Publicación: 20/03/2024
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 75/024

Agrégase el num. 32 al art. 34 del Decreto 220/998, de fecha 12 de agosto de 1998, por el que se determinan las operaciones comprendidas en el concepto de exportación de servicios.
(1.268*R)

   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 12 de Marzo de 2024

   VISTO: lo dispuesto por el inciso primero del artículo 5° del Título 10 del Texto Ordenado 1996;

   RESULTANDO: que la referida disposición faculta al Poder Ejecutivo a determinar cuáles son las operaciones comprendidas en el concepto de exportación de servicios;

   CONSIDERANDO: que se entiende conveniente incluir nuevos servicios en dicha nómina, vinculados a la prestación de servicios de análisis clínicos y consultoría genética a entidades del exterior;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase al artículo 34 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, el siguiente numeral:

   "32) Los servicios prestados relativos a estudios de análisis clínicos y consultoría genética, siempre que los mismos sean prestados a entidades del exterior. Los servicios referidos deben desarrollarse en territorio nacional y deben ser aprovechados exclusivamente en el exterior."

Artículo 2

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
Ayuda