Fecha de Publicación: 25/02/1992
Página: 305-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Agrégase al artículo 5º del decreto 171/990 de 6 de abril de 1990 el
siguiente inciso: "Igual procedimiento se seguirá para la exoneración 
dispuesta por el artículo 245 de la ley 16.226 de 29 de octubre de 1991, 
debiéndose aportar una constancia del Gobierno Departamental de 
Montevideo, justificativa de los extremos que dan lugar a la exención". 
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