(Aporte de ANTEL).- Los Pliegos estipularán que partes de los activos
y pasivos del ente serán aportados conjunta e indivisiblemente incluyendo
el otorgamiento de derechos reales y las prestaciones accesorias conexas que correspondan (arrendamiento, derechos de uso, goce y obligaciones
personales).
Asimismo, el pliego establecerá la forma, plazos y condiciones de
dicho aporte y avaluación, a efectos de la integración a cumplirse.
El bien cobro de los derechos de crédito aportados por ANTEL, se
aporta a riesgo de la sociedad explotadora (art. 60, "in fine", de la
Ley 16.060, de 4-IX-1989).