Determínasela rehabilitación de las patentes de invención, modelos de
utilidad, modelos industriales, que hubieren caducado como consecuencia del no pago de las correspondientes tasas, previa acreditación, por parte
de los interesados, de no haber efectuado los pagos debidos en el plazo
de gracia dispuestoen el precedente artículo 1º, "Sin perjuicos de los derechos adquiridos por terceros por haber pasado a dominio público los descubrimientos, modelos o diseños".