Fecha de Publicación: 22/04/1987
Página: 248-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 711/986

Se extiende los plazos fijados por decreto 243/986 referente al Registro
Nacional de Empresas de Obras Públicas para las empresas que pretenden 
acogerse al regimen que establece.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

                                    Montevideo 5 de noviembre de 1986.

   Visto: lo dispuesto en el artículo 19 del decreto 243/986, de 30 de
abril de 1986;

   Resultando: que es necesario contemplar las dificultades planteadas
de adaptación al nuevo régimen creado por el decreto mencionado y dar
una solución en beneficio de las empresas que pretenden acogerse a
dicho régimen.

   Considerando: necesario extender el plazo fijado por el artículo 19
del decreto 243/986 y establecer un plazo para las empresas inscriptas
en la Sección Trabajos y Servicios Complementarios;

   Atento: a lo expresado,

   El Presidente de la República,

                               DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 19 del decreto 243/986, de 30 de abril de 1986
el que quedará redactado de la siguiente forma:

   "Artículo 19 Se fija el 30 de noviembre de 1986 como término de 
vigencia de las calificaciones de las empresas inscriptas en la Sección 
Construcciones aprobadas hasta el 30 de junio de 1986 al amparo del 
decreto 237/968, de 4 de abril de 1968. Se fija el 30 de julio de 1987 como término de vigencia de las calificaciones de las empresas inscriptas
en la Sección Trabajos y Servicios Complementarios y Consultoras 
aprobadas hasta el 30 de junio de 1986 al amparo del decreto 237/968 de 
4 de abril de 1968 y modificativo".

SANGUINETTI.- JORGE SANGUINETTI.
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