Fecha de Publicación: 03/04/2024
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Carilla: 27

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 2

   Créanse en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", en las unidades ejecutoras que en cada caso se indica, los cargos en el último grado del escalafón respectivo que se detallan a continuación, los que deberán ser ocupados de conformidad a lo previsto en el artículo 52 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de noviembre de 2023:

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