Modifícase el artículo 6º del decreto 493/976, el que quedará redactado de
la siguiente forma:
"Artículo 6º. Desígnase a los efectos de integrar la Parte Uruguaya
de la Subcomisión de Expansión Comercial prevista en el Protocolo de
Expansión Comercial y en sus Normas Complementarias y Procedimientos para
las Negociaciones: al Director General de Comercio Exterior, acompañado de
los asesores del caso, quien la presidirá; al Director de la Dirección
para Asuntos Económicos y Comerciales del Ministerio de Relaciones
Exteriores; al Director del Departamento Económico y Comercial de la
Embajada de la República en la República Federativa del Brasil; y a un
representante de la Cámara de Industrias del Uruguay".