(Régimen de semi-libertad). Las Unidades de Privación de Libertad de Mínima Seguridad y Anexos de Mínima Seguridad de Unidades de Privación de Libertad, tendrán un régimen de vida cotidiana lo más parecido a la vida en libertad, promoviendo la autogestión y autoregulación de las Personas Privadas de Libertad, pudiendo desplazarse libremente y sin custodia dentro de los límites de la unidad.