PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR
(Disposiciones particulares de cada Unidad). Sin perjuicio de las disposiciones del presente Reglamento General, la Dirección de cada Unidad podrá, si lo considera necesario, proponer a la Dirección del Instituto Nacional de Rehabilitación, las normas complementarias que considere adecuadas a las características particulares de la misma.Ayuda