Fecha de Publicación: 19/03/1991
Página: 782-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Otórgase un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la
adquisición en plaza de los bienes y servicios cuyo destino sea el mismo 
a que refiere el artículo anterior. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento que rige para los exportadores.
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