MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Dentro de los ciento ochenta días del cese de su misión, los diplomáticos podrán retirar libremente los muebles y efectos de su propiedad. Igualmente podrán llevar consigo, libre de derechos, tributos y demás gravámenes, las mercaderías que hubieren introducido al amparo de franquicias.Ayuda