Fecha de Publicación: 02/05/1988
Página: 209-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 73

   El área de empaque deberá mantener una temperatura máxima entre los 8ºC
y 12ºC en plantas de procesamiento de productos refrigerados y congelados.
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