Fecha de Publicación: 02/05/1988
Página: 209-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 170

   El servicio de Inspección fiscalizará las plantas de ahumado, métodos
de ahumado, envases utilizados y máximos períodos de comercialización de
estos productos, así como sus condiciones de almacenamiento.
                       
                              CAPITULO IX          

                 Sanciones y Disposiciones de Práctica 
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