Incumplimiento. La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento podrá apercibir directamente a las entidades obligadas que incumplan con lo establecido en el presente Decreto, sin perjuicio de la comunicación a las entidades competentes en caso de incidentes que afecten tipos especiales de datos.
En forma semestral, Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento comunicará a la Asamblea General el listado de las entidades que hayan incumplido con las obligaciones referidas en el presente Decreto, y las medidas adoptadas.
Sección IV - Derogaciones