Fecha de Publicación: 04/04/2018
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 3

   La condición de venta de las Especialidades Farmacéuticas que contengan Escopolamina o Hioscina y sus sales, será determinada por el Departamento de Medicamentos del Ministerio de Salud Pública al momento de evaluar su Registro.
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