Fecha de Publicación: 04/04/2018
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 2

   Autorízase exclusivamente la importación y/o exportación de la sustancia Escopolamina o Hioscina y sus sales, a las empresas farmacéuticas titulares de registros vigentes de medicamentos que las contengan en su formulación, previa solicitud de la correspondiente autorización de importación o exportación de la División Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública.
Ayuda