Fecha de Publicación: 15/12/1978
Página: 727-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 28

  Los puntajes de antigüedad en cada grado presupuestal serán notificados  
personalmente a todos los funcionarios que lo integran, por lo menos dos 
meses antes de la fecha de las sesiones ordinarias de la Junta. Cuando se 
trate de funcionarios que cumplen tareas en el exterior, la notificación 
se efectuará conforme a los dispuesto en el decreto 38/977 de 25 de enero 
de 1977. 
  El funcionario podrá formular observaciones sobre su antigüedad, dentro 
del plazo previsto para la interposición de los recursos administrativos. 
La administración podrá atender a las observaciones formuladas, 
procediendo a las correcciones correspondientes o persistir en su cómputo 
inicial. En este último caso, se elevarán todos los antecedentes a la 
Junta de Calificaciones, quien resolverá en definitiva. 

                         IV. De los ascensos
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