Fecha de Publicación: 27/02/2004
Página: 961-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 14

 Los Anexos I y II que acompañan al presente Código forman parte del 
mismo y sus contenidos podrán ser actualizados por el Ministerio de Salud 
Pública de acuerdo a los requerimientos de la situación epidemiológica y 
a los avances que determine el conocimiento científico y tecnológico.
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