Fecha de Publicación: 28/02/2000
Página: 822-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 14

 Sustitúyese el literal d) del artículo 15º del Decreto Nº 59/999, de 3
de marzo de 1999, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"d) Especificación clara y precisa de los actos o hechos que motivan la
contravención o la presunción que motiva la actuación en caso de ser
realizada de oficio, o el motivo claro y concreto de la denuncia cuando
es efectuada por terceros.-"
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