Fecha de Publicación: 21/03/2014
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 65

 Los animales deben ser entregados libres de endo y ecto parásitos e
inmunizados con vacunas polivalentes de acuerdo a su edad, debiendo
administrase la 1ª entre los 30 y los 45 días de edad y las dosis
subsiguientes con un máximo de 30 días de intervalo.
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