MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Deróganse los artículos 4º, 5º, 6º y 7º del decreto de 17 de febrero de 1960, el artículo 3º del decreto 419/971, de 6 de julio de 1971 y los artículos 5º y 7º del decreto 736/978, de 26 de diciembre de 1978.