MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Sustitúyese el artículo 51 del decreto 996/975, de 29 de diciembre de 1975 por el siguiente: "ARTICULO 51. Transferencias.- El resultado de las operaciones que importen modificación en la titularidad de una empresa, se determinará por diferencia entre el precio de la operación y el valor fiscal del patrimonio transferido".Ayuda