MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Cuando una sociedad con personería jurídica sufra una modificación en
su tipo legal sin perder dicha personería, los responsables deberán dar
cuenta al Registro Unico de Contribuyentes dentro de los treinta días de
operada la modificación, aportando los datos y recaudos que el Registro
estime pertinentes.
Declaraciones Juradas, Retenciones y Pagos
Ayuda