Fecha de Publicación: 12/03/2025
Página: 10
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 60/025

Modifícase el Decreto 94/002 de fecha 19 de marzo de 2002, con el fin de incluir en la nómina de sujetos exceptuados del régimen de retención que establece el mismo, a los fideicomisos de administración, cuyo objeto sea la administración y custodia de los ingresos recibidos por el pago de los viajes de los usuarios del transporte público.
(1.000*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 
 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                         Montevideo, 25 de Febrero de 2025

   VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002 y sus normas modificativas;

   RESULTANDO: que el artículo 1° del referido Decreto designa responsables por obligaciones tributarias de terceros a las entidades administradoras de tarjetas de débito, de crédito, de compra, de dinero electrónico, y de instrumentos análogos, en tanto intervengan mediante dichos instrumentos en la venta de bienes y prestaciones de servicios realizados por terceros; y a las entidades pertenecientes al Grupo CEDE de la Dirección General Impositiva, reguladas por el Banco Central del Uruguay cuya actividad sea efectuar pagos y cobros por cuenta de terceros, cuando la cobranza se realice mediante el uso de los referidos instrumentos;

   CONSIDERANDO: necesario incluir en la nómina de sujetos exceptuados del régimen de retención que se establece en el citado Decreto, a los fideicomisos de administración cuyo objeto sea la administración y custodia de los ingresos recibidos por el pago de los viajes de los usuarios del transporte público, dado que en esta modalidad, no se verifican las condiciones que dan mérito a la aplicación del régimen aludido;

   ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 242 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, y 38 de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase al artículo 3° del Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002, el siguiente literal:

   "i) Los fideicomisos de administración, cuyo objeto sea la administración y custodia de los ingresos recibidos por el pago de los viajes de los usuarios del transporte público."

Artículo 2

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE; JOSE LUIS FALERO.
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