Imprentas. - Libro de registro. - El registro a cargo de las
imprentas, será llevado en un libro encuadernado y foliado, el que será certificado por el Registro Unico de Contribuyentes.
Los impresores del interior de la República, lo presentarán, a dichos
efectos, en las Unidades Operativas de la Dirección General Impositiva
de su respectiva jurisdicción.