Fecha de Publicación: 06/10/1988
Página: 21-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 16

   No obligados a inscribirse. - No estarán obligados a inscribirse los
contribuyentes del Impuesto a la Compraventa de Bienes Muebles en Remate
Público, ni quienes sin ser contribuyentes habituales importen bienes por
los que, previamente al despacho aduanero, se deba abonar alguno de los
impuestos administrados por la Dirección General Impositiva.
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