El volumen de la medida debe ser claramente determinado por una de las
siguientes maneras:
1) Por la parte inferior de una línea de referencia continúa en un plano
horizontal cuya logitud sea por lo menos de media circunferencia o
por dos segmentos de circunferencia diametralmente opuestos.
2) Por el plano horizontal del borde superior.
3) Sistemas diferentes de los anteriores que sean aprobados por la
Dirección de Metrología Legal.