Decreto 58/999
Modifícase el método de fijación a ser utilizado para la liquidación de
los haberes, partidas complementarias y beneficios sociales que
correspondan al funcionario que desempeña tareas de Embajador de la
República ante la ALADI.
(392*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 2 de marzo de 1999
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 20 de agosto de 1991 que
determina el método de fijación del coeficiente a ser utilizado para la
liquidación trimestral de los haberes, partidas complementarias y
beneficios sociales que correspondan al funcionario que desempeña las
tareas de Embajador de la República ante la Asociación Latinoamericana de
Integración (ALADI);
CONSIDERANDO: que es necesario modificar dicho método, dado que de la
experiencia práctica de su aplicación en el tiempo, se ha constatado la
determinación de un monto de retribución que no se encuentra acorde con
la responsabilidad y exigencias asumidas en el ejercicio del cargo;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nro. 13892 de fecha 19
de octubre de 1970;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
El coeficiente que se utilice para la liquidación trimestral de los
haberes, partidas complementarias y beneficios sociales que correspondan
al funcionario que debe desempeñar las tareas de Embajador de la
República ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), será
aquel que aplicado a los items señalados, determine un monto de U$S
12.000 (dólares norteamericanos doce mil) trimestrales por todo
concepto.
SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA
Recibido por D. O. el 9 de Marzo de 1999