Fecha de Publicación: 07/04/2026
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 12

   El Programa funcionará en la Presidencia de la República, Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes", estará dirigido por un Consejo Estratégico Ministerial y tendrá un responsable que se denominará Director Ejecutivo.
   La Unidad Ejecutora referida proveerá los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el funcionamiento del Programa.
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