Decreto 569/003
Adóptase la resolución 06/003 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la
que se aprobó el documento "Procedimientos Mínimos de Inspección
Sanitaria en Embarcaciones que Navegan por los Estados Parte del
MERCOSUR".
(51*R)
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 24 de diciembre de 2003
VISTO: la resolución No. 06/03 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por
la que se aprobó el documento "Procedimientos Mínimos de Inspección
Sanitaria en Embarcaciones que Navegan por los Estados Parte del
MERCOSUR";
CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional de MERCOSUR -
Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º. de
setiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a
adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos
correspondientes previstos en el artículo 20 del referido Protocolo;
II) lo informado por la División Jurídico-Notarial y el Departamento de
Epidemiología del Ministerio de Salud Pública;
ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º. y siguientes de la Ley No.
9.202 Orgánica de Salud Pública de 12 de enero de 1934 y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Adóptase la resolución No. 06/03 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR
por la que se aprobó el documento "Procedimientos Mínimos de Inspección
Sanitaria en Embarcaciones que Navegan por los Estados Parte del
MERCOSUR", que se anexa al presente y forma parte integral del mismo.