Fecha de Publicación: 25/11/1981
Página: 465-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

  Los regantes deberán abonar la tarifa en dos cuotas, cada una del 50 por ciento del total, pagaderas, la primera antes del 15 de diciembre del corriente año y la segunda, antes del 15 de febrero de 1982.
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