Decreto 565/009
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a partir del
1° de diciembre de 2009, por el servicio de suministro de gas natural en
el sur del país y la Ciudad de Paysandú.
(3.102*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 9 de Diciembre de 2009
VISTO: la necesidad de aprobar el Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural
correspondiente al servicio de distribución del sur del país y la Ciudad
de Paysandú, de la firma CONECTA S.A., a regir a partir del 1° de
diciembre de 2009, según planillas anexas.
RESULTANDO: que los precios son los que derivan de las variaciones en los
componentes de costos operados (valor agregado de distribución y otros
componentes).
CONSIDERANDO: I) que el petitorio tiene su fuente en el artículo 9° y
Anexo IV del Contrato de Concesión que celebrara con el Estado el 22 de
diciembre de 1999, y el artículo 4° de la modificativa de dicho contrato
de fecha 20 de noviembre de 2002.
II) que las actualizaciones tarifarias fueron analizadas por la Dirección
Nacional de Energía y Tecnología Nuclear y la Unidad Reguladora de
Servicios de Energía y Agua;
ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el artículo 51 de la Constitución
de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas que regirá a
partir del 1° de diciembre de 2009, por el servicio de suministro de gas
natural en el sur del país y en la Ciudad de Paysandú, conforme a los
Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II que forman
parte del presente decreto.
Comuníquese, publíquese, etc.
RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; RAUL SENDIC.
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electrónica del mismo."