Fecha de Publicación: 21/10/1986
Página: 108-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 558/986

Se derogan los decretos 234/985 y 391/985, y se reduce la Tasa Global
Arancelaria máxima

Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Industria y Energía.
  Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

                                     Montevideo, 20 de agosto de 1986.

   Visto: los decretos 477/982 de 27 de diciembre de 1982, 234/985 de 13
de junio de 1985 y 391/985 de 24 de julio de 1985.

   Considerando: I) Que se ha modificado la situación coyuntural que
atravesaba el Tesoro Nacional y que fundamentó la creación de recargo
adicional del 5% al recargo mínimo;

   II) Que de los estudios generales realizados sobre la capacidad de
competencia de la industria nacional sustitutiva de importaciones,
derivadas de cambios producidos por factores externos e internos, resulta
aconsejable reducir el nivel actual de la Tasa Global Arancelaria máxima.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República


                              DECRETA:

Artículo 1

   Deróganse los decretos 234/985 de 13 de junio de 1985 y 391/985 de 24
de julio de 1985.

Artículo 2

   Redúcese del 55 % (cincuenta y cinco por ciento) al 50 % (cincuenta 
por ciento) la Tasa Global Arancelaria máxima.

Artículo 3

   La reducción dispuesta afectará el nivel de los recargos, a efectos de
la determinación de la composición de la Tasa Global Arancelaria.

Artículo 4

   El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en 3
(tres) diarios de la capital.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese en 3 (tres) diarios de la capital, etc.-

SANGUINETTI.- LUIS MOSCA.- JORGE PRESNO HARAN.- PEDRO BONINO GARMENDIA.
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